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Franquicia Trubutaria PDF Imprimir E-mail

USO DE LA FRANQUICIA TRIBUTARIA EN CARRERAS TECNICAS DE NIVEL SUPERIOR



LOS TRABAJADORES INTERESADOS DEBEN CONCURRIR AL CENTRO DE FORMACION TECNICA TEODORO WICKEL KLUWEN:

Ø  A solicitar los códigos de la carreras de nivel superior elegidas.

Ø  Posteriormente la empresa debe proceder a la inscripción de los módulos de formación en competencias laborales conducentes a títulos de nivel superior.

Ø  La inscripción de módulos debe efectuarse en las diferentes Direcciones Regionales del SENCE, y debe corresponder a la región donde se ubica la sede del C.F.T. que ha sido autorizado por el Ministerio de Educación, para impartir el módulo.

Ø  Para la inscripción del módulo deberán presentar la Resolución respectiva que autoriza el módulo de formación por el Ministerio de Educación. El Servicio Nacional de Capacitación y Empleo, dispone de un plazo de 20 días contado de la fecha de presentación de la solicitud, para otorgar código de identificación al módulo, y emitir la resolución respectiva.

Ø  Estos módulos, conforme lo dispuesto  el Art.17º del decreto Supremo Nº 186, antes aludidos, tendrán una validez de cinco años, contado desde la fecha de aprobación por parte del MINEDUC, y seis meses antes de la fecha de vencimiento, los módulos deberán ser objeto de un nuevo proceso de evaluación por parte del Ministerio citado.

Ø  El monto máximo anual por concepto de ejecución de módulos de Formación por beneficiarios. Afecto a la franquicia tributaria, según lo dispuesto en el artículo 20º del Decreto Supremo Nº 186, de 2002, será determinado por SENCE cada año mediante resolución del Director Nacional.

Ø  Los gastos en que incurran las empresas por concepto de esta formación sólo podrán imputarse a la franquicia en la medida en que el beneficiario no cuente con otro financiamiento estatal que tenga el mismo fin.

Ø   En especial, la franquicia tributaria será incompatible con las becas que otorga el Ministerio de Educación para el financiamiento del arancel de carreras impartidas por los Centros de Formación Técnica.

Ø  El financiamiento de una carrera técnica de nivel superior, a través de la franquicia tributaria, sólo es posible si se realiza mediante módulos de formación con enfoque en competencias laborales, quedando vedado para el Centro de formación Técnica homologar actividades de capacitación a módulos.

Ø  Para hacer efectiva la franquicia tributaria, las empresas deben comunicar el inicio de la ejecución del módulo con a lo menos 24 horas de antelación, mediante el Formulario único de comunicación, y efectuar posteriormente una Liquidación dentro de los 60 días corridos, posteriores a la fecha de término del módulo. Los módulos deben ser ejecutados dentro del respectivo año tributario.

 

Documento, confeccionado por Graciela Osorio Verdugo.
Última actualización el Martes, 05 de Enero de 2010 08:37
 


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